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Recepción de preguntas frecuentes

4.3.10.4.027 ¿En que código se declaran las retenciones y percepciones que le fueron realizadas en el ejercicio que superan los mínimos y el coeficiente y que se utilizan para cubrir los anticipos?
(12/07/2012-14:38)
Se declaran en el código 352 (Otras ret /perc. de IRIC, IRAE e IRPF).
Las respuestas aquí introducidas carecen de efectos vinculantes para la Administración, teniendo el carácter de mera información.
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