dgi.gub.uy | ¿Cuál es el régimen de tributación del IVA en operaciones relacionadas con servicios vinculados a exclaves aduaneros? |
| | | | Los servicios prestados exclusiva y necesariamente en exclaves se consideran exportación de servicios. De realizarse operaciones vinculadas fuera del exclave, el servicio no podrá ser considerado exportación de servicios.
FUENTE:
Artículo 5º, Título 10 Texto Ordenado 1996.
Numeral 7º, Artículo 34º, Decreto 220/998.
Consultas 4694, 4695, 4331, 5484.
(Modificada: 7 de junio de 2016) |
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