Clausura de empresa unipersonal por fallecimiento del titular

Guías

Trámite de clausura de una empresa unipersonal por fallecimiento del titular.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de fallecimiento.

Lugar y modalidad

En Montevideo

  • Exclusivamente presencial, con previa agenda web

Local DGI. Fernández Crespo 1534.  Sector RUT ventanilla única. Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.

En interior

  • Se inicia el trámite desde la web de DGI a través de servicios en línea

Debe seleccionar dentro de trámites solicitud de inicio completar los datos del formulario y seleccionar trámite RUT DGI BPS y el subtrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación.

Requisitos

Formularios

  • Formulario 0355 Cancelación en 3 vías, firmados por todos los presuntos herederos, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
  • Formulario 0453 Inutilización de la documentación detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado. Al formulario 0453 se deberá adjuntar una copia de documento de identidad vigente de titular y del gestor, en caso que corresponda.
  • Formulario 3/006 DGI para máquina registradora en 2 vías, si corresponde.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Documentación a presentar

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite web, constancia de inscripción en RUT.
  • Constancia de impresión no utilizada, si corresponde.
  • Original y fotocopia de la constancia de clausura de actividades de la Inspección General de Trabajo y de la Seguridad Social, que acredite la no existencia de expedientes en trámite con motivo de incumplimientos de las normas laborales o multas impagas excepto Monotributo MIDES. Se debe tener en cuenta que esta constancia se exigirá únicamente ante la clausura total del contribuyente.
  • 2 fotocopias del documento de identidad vigente de todos los presuntos herederos.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad vigente.
  • Certificación notarial con:
    • Firma y datos personales completos de los presuntos herederos.
    • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
    • Documento de identidad.
    • Estado civil.
    • Nacionalidad.
    • Capacidad legal.
    • Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
    • Fecha de fallecimiento del causante.
    • Establecer que son los únicos presuntos herederos.
Aclaraciones
  • En caso de actividad agropecuaria se deberá tener en cuenta el instructivo de BPS correspondiente según el caso.
  • En caso de que la fecha de clausura sea anterior a 90 días del fallecimiento, debe agregar certificado contable o notarial que acredite inactividad hasta la fecha de fallecimiento.

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