Clausura de persona jurídica extranjera con establecimiento permanente

Guías

Trámite de clausura de persona jurídica extranjera con establecimiento permanente en el RUT.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Lugar y modalidad

Solicitud de Clausura:

Se deberá ingresar como requisito previo, una solicitud de clausura exclusivamente vía web, para ello deberán ingresar en servicios en línea de DGI registrándose con pin o contrato web y hacer click en solicitud de clausura, dentro de las opciones de Registro Único Tributario.

Una vez aprobada dicha solicitud, deberá presentar o adjuntar la documentación según las siguientes modalidades:

En Montevideo

  • En línea desde la web de BPS

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.

Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

  • Presencial, con previa agenda web

Local DGI. Fernández Crespo 1534. Sector RUT ventanilla Única. Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.

En interior

  • En línea desde la web de BPS

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.

Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

  • En caso de no tener habilitado el envío en línea desde la web de BPS, se inicia el trámite desde la web de DGI a través de servicios en línea

Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de tramites, Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar trámite RUT DGI BPS y el subtrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación, de corresponder.

Requisitos

Formularios

  • Formulario 0355 Cancelación en 3 vías, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
  • Formulario 0453 Inutilización de la documentación detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado. Al formulario 0453 se deberá adjuntar una copia de documento de titular y una copia del gestor, en caso que corresponda.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Documentación a presentar

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite web, constancia de inscripción en RUT.
  • Constancia de impresión no utilizada, si corresponde.
  • 2 fotocopias del documento de identidad de todos los firmantes.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
  • Certificación Notarial y 3 fotocopias conteniendo:
    • Firma y datos personales del firmante: 
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido. 
      • Documento de Identidad, tipo, país de origen y número. 
      • Estado civil. 
      • Nacionalidad. 
      • Mayoría de edad. 
      • Domicilio particular.
    • Personería y representación.
    • Control del Acta de la casa Matriz con la decisión de clausurar el establecimiento permanente en Uruguay, debidamente protocolizada.
    • Acta donde conste la no existencia de activos ni pasivos en Uruguay.
Aclaración

En caso de contribuyente rural se deberá tener en cuenta lo establecido en Instructivo: Baja de padrones rurales en web de BPS.

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