Clausura sucesión indivisa con actividad empresarial

Guías

Trámite clausura sucesión indivisa con actividad empresarial.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura.

Lugar y modalidad

En Montevideo

  • En línea desde la web de BPS

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite modificación contribuyente común BPS DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.

Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

  • Presencial, con previa agenda web

Local DGI  Fernández Crespo 1534 Sector RUT ventanilla única Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.

En Interior

  • En línea desde la web de BPS

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.

Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

  • En caso de no tener habilitado el envío por la web de BPS se inicia el trámite desde la web de DGI a través de servicios en línea

Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de trámites Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar trámite RUT DGI BPS y el subtrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación, de corresponder.

Requisitos

Formularios

  • Formulario 0355 Cancelación en 3 vías, con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado, firmados por todos los integrantes de la sucesión.
  • Formulario 3/006 (DGI) para máquina registradora en 2 vías, si corresponde, firmados integrante/s de la sociedad.
  • Formulario 0453 Inutilización de la documentación, detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada, con timbre profesional debidamente pegado a inutilizado. Se deberá adjuntar una copia de documento vigente de titular y copia del gestor, en caso que corresponda.
  • Formulario 205 (BPS) Declaración de sueldos fictos en 2 vías. SI fuera múltiple empresario excepto contribuyentes rurales, con un timbre profesional si corresponde.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Documentación a presentar

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite web, constancia de inscripción en RUT.
  • Constancia de impresión no utilizada si corresponde
  • Original y fotocopia de la constancia de clausura de actividades de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social, que acredite la no existencia de expedientes en trámite con motivo de incumplimientos de las normas laborales o multas impagas. Excepto Monotributo MIDES. Se debe tener en cuenta que esta constancia se exigirá únicamente ante la clausura total del contribuyente.
  • 2 fotocopias del documento de identidad vigente del titular.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad vigente
Aclaración

Se debe verificar si la sucesión está terminada judicialmente o no.

  1.  Si lo está, se clausura a fecha declaratoria herederos con testimonio del mismo y copia simple.
  2.  Si no lo estuviera, se clausura a la fecha indicada en formulario 0355 sin ninguna otra documentación. 

En caso de contribuyente rural se deberá tener en cuenta lo establecido en Instructivo: Baja de padrones rurales en web de BPS.

Enlaces relacionados

Etiquetas