Clausura de un núcleo familiar contribuyente de Impuesto al Patrimonio
Guías
Plazo
Hasta vencimiento de la presentación de la declaración jurada de Patrimonio del año siguiente al ultimo declarado, salvo caso divorcio o fallecimiento donde el plazo será de hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura.
Lugar y modalidad
En Montevideo
Adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea
Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de tramites, Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar trámite RUT exclusivo DGI y el subtrámite correspondiente.
Presencial, con previa agenda web
Local DGI Fernández Crespo 1534 Sector RUT exclusivo Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web exclusivo DGI.
En Interior
En línea desde la web de DGI a través de servicios en línea
Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de tramites, Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT exclusivo DGI y el subtrámite correspondiente.
Requisitos
Formularios
- Formulario 0355 Cancelación en 2 vías, con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado, firmado por los integrantes del núcleo familiar.
Documentación a presentar
- Formulario 6351 o 6951 si se emite web, constancia de inscripción en RUT.
- Fotocopias de documento de identidad vigente de los titulares.
- Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de Identidad vigente.
Aclaración
Si fuera por divorcio:
Se clausura a la fecha sentencia adjuntando copia autenticada de la misma, firmado por uno solo de los cónyuges.
Si fuera por fallecimiento:
Se clausura a la fecha fallecimiento, firmado por conyugue supérstite, adjuntando partida de defunción original y copia simple.