Clausura de un núcleo familiar contribuyente de Impuesto al Patrimonio

Guías

Trámite de clausura de un núcleo familiar contribuyente de Impuesto al Patrimonio.

Plazo

Hasta vencimiento de la presentación de la declaración jurada de Patrimonio del año siguiente al ultimo declarado, salvo caso divorcio o fallecimiento donde el plazo será de hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura.

Lugar y modalidad

En Montevideo

  • Adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea

Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de tramites, Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar trámite RUT exclusivo DGI y el subtrámite correspondiente.

  • Presencial, con previa agenda web

Local DGI Fernández Crespo 1534 Sector RUT exclusivo Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web exclusivo DGI.

En Interior

  • En línea desde la web de DGI a través de servicios en línea

Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de tramites, Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT exclusivo DGI y el subtrámite correspondiente.

Requisitos 

Formularios

  • Formulario 0355 Cancelación en 2 vías, con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado, firmado por los integrantes del núcleo familiar.

Documentación a presentar

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite web, constancia de inscripción en RUT.
  • Fotocopias de documento de identidad vigente de los titulares.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de Identidad vigente.
Aclaración
Si fuera por divorcio:

Se clausura a la fecha sentencia adjuntando copia autenticada de la misma, firmado por uno solo de los cónyuges.

Si fuera por fallecimiento:

Se clausura a la fecha fallecimiento, firmado por conyugue supérstite, adjuntando partida de defunción original y copia simple.

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