Descripción:
¿Qué es el Cese de Oficio? El Cese de Oficio es un estado del Contribuyente, que ante determinados parámetros definidos por la Administración no arroja evidencia de actividad. La empresa no está clausurada.
¿Cómo puede resolverse el Cese de Oficio?
Para proceder a levantar el cese de oficio, dependerá de la situación delde contribuyente, presentando las siguientes opciones:
Opción 1: Presentar Clausura a la fecha que entienda corresponde, no quedando sujeta la misma a la fecha del Cese.
Se deberá presentar la clausura según los requisitos y modalidad establecidos en la pregunta frecuente de clausura del tipo de entidad a correspondiente:Preguntas Frecuentes Clausuras
Opción 2: Presentar una Ratificación, si los datos declarados actualmente en registro continúan vigentes, es decir que NO corresponde ingresar ningún tipo de modificación. Deberán completarse todos los datos vigentes en forma completa.
Opción 3: Presentar una Modificación de datos registrales. Se deberá presentar la modificación según los requisitos y modalidad establecidos en la pregunta frecuente del trámite a realizar. Preguntas Frecuentes Modificaciones
MODALIDAD:
Opción 1: Ver MODALIDAD en las preguntas frecuentes para el trámite correspondiente.
Opción 2:
En Montevideo
I. Adjuntando documentación desde la Web de DGI a través de
Servicios en Línea:
Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de “Tramites”
Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT
Exclusivo DGI y el SubTrámite “Modificación de balance u otros datos exclusivo DGI”.
II. Presencial, con previa Agenda Web.
Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-EXCLUSIVO Subsuelo.
Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web Exclusivo DGI.
En Interior:
En línea desde la Web de DGI a través de Servicios en Línea:
Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de “Tramites”
Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT
Exclusivo DGI y el SubTrámite “Modificación de balance u otros datos exclusivo DGI”.
Opción 3: Ver MODALIDAD en las preguntas frecuentes para el trámite correspondiente. (No disponible modificación a través de Contrato de Adhesión Web DGI)
PLAZO:
Opciones 1 y 3 Ver plazo establecidos en la pregunta frecuente correspondiente.
Opción 2: Fecha del día que se ingresa inicio tramite.
FORMULARIOS:
Opciones 1 y 3 Ver requisitos establecidos en la pregunta frecuente correspondiente.
Opción 2:
. Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” (en 2 vías) completo, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
. Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” o 0353 “Personas jurídicas
Vinculadas” según corresponda (en 2 vías). (De corresponder).
. Formulario 0354 “Anexo de Inscripción y Actualización de Locales” (en 2 vías). (De corresponder).
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-
Ver Formularios DGI
DOCUMENTACION A PRESENTAR:
Opciones 1 y 3 Ver requisitos establecidos en la pregunta frecuente correspondiente.
Opción 2:
. Formulario 6351 (constancia de inscripción en RUT) o 6351 si tiene descargado, por cese de Oficio puede adjuntar 6906 (Consulta de datos registrales)
· Fotocopia de documento de identidad de los titulares.
· Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar fotocopia de su documento de identidad.
(Creada: 15.12.2022)