dgi.gub.uy | ¿Quienes liquidan el IVA en el panel correspondiente a los Regímenes Especiales en el formulario 2176? |
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A partir del mes de cargo Julio/2016, de acuerdo a los cambios normativos introducidos por la Ley 19.407 de 24 de Junio de 2016, los paneles correspondientes a Regímenes Especiales (Rubro 2.1) dejan de utilizarse.
Hasta el mes de cargo Junio/2016, los contribuyentes de frutas, flores y hortalizas liquidan el IVA en los paneles de Regímenes Especiales (Rubro 2.1).
(Modificada: 18.10.2016)
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