Las reliquidaciones con crédito se tienen que presentar en DGI, ya sea que el crédito sea igual, superior o inferior al original. Se debe adjuntar formulario 2/217 por reliquidación, donde se detallan los créditos entregados. Del mismo podrán quedar certificados a emitir o a devolver. En caso que sean a emitir se adjuntará también el formulario 2/218 con el detalle de los certificados a solicitar.