Inscripción de una sucesión sin actividad empresarial

Guías

Trámite de inscripción de una sucesión sin actividad empresarial.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir del fallecimiento del titular. En caso de inscripción por arrendamiento, si el inmueble no estaba arrendado al momento de fallecer, los 30 días corren a partir de que el/los inmuebles comenzaron a estar arrendados.

Lugar y modalidad

En Montevideo

  • Se inicia el trámite adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea

Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de Trámites, Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar trámite RUT exclusivo DGI y el subtrámite correspondiente.

  • Presencial, con previa agenda web

Local DGI Fernández Crespo 1534 Sector RUT exclusivo Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda web exclusivo DGI.

En Interior

  • En línea desde la web de DGI a través de servicios en línea

Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de Trámites, Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT exclusivo DGI y el subtrámite correspondiente.

Requisitos

Formularios

  • Formulario 0351 Inscripción y actualización en 2 vías, con timbre profesional.
  • Formulario 0352 Personas físicas vinculadas, si corresponde en 2 vías.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Documentación a presentar

  • Fotocopia del documento de identidad de todos los presuntos herederos.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
  • Certificación notarial (original y copia simple) de:
    • Firma de todos los presuntos herederos.
    • Fecha del fallecimiento del causante y quienes son los únicos presuntos herederos.
    • Datos de todos los presuntos herederos:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
      • Fecha de nacimiento.
      • Estado civil.
      • Capacidad legal.
      • Nacionalidad.
      • Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
    • Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad (arrendamiento).
Aclaraciones:
  • En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón. 
  • En el caso de que algunos de los integrantes no sea residente, en su lugar firmara el apoderado quien podrá hacerlo a través de mandato verbal. Aplica exclusivamente para rentas IRPF/IRNR.
  • El domicilio fiscal será donde se ubica el inmueble en caso de ser más de uno se tomará al de mayor valor (IRPF/IRNR/IP).

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