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¿Cómo inscribir un contribuyente por compraventa de establecimiento comercial?

3.1.1.9.022

MODALIDAD:

En Montevideo:

I. Exclusivamente Presencial, con previa Agenda Web.

En el Registro de Contribuyentes y Empresas Sarandi 570 – Planta Baja. Deberá agendarse previamente desde el instructivo en Web de BPS correspondiente a cada caso.

En Interior:

I. Se inicia el trámite desde la Web de DGI a través de Servicios en Línea:

Debe seleccionar dentro de “Trámites” Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT DGI-BPS y el SubTrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación.

Plazo:

La inscripción se realiza desde el día de la toma de posesión y hasta 10 días corridos posteriores a la misma. Tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera multa.

FORMULARIOS:

Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” (en 3 vías), con timbre profesional.

Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” o 0353 “Personas jurídicas vinculadas” según corresponda (en 3 vías)

Formulario REC. 205 “Declaración de Sueldos Fictos” (en 2 vías), excepto contribuyentes rurales, con timbre profesional.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-

Ver Formularios DGI (Formularios BPS)
 

DOCUMENTACION A PRESENTAR:

  • Se requerirá la documentación necesaria para la inscripción o modificación de acuerdo al tipo de contribuyente del que se trate

  • 2 fotocopias de CI de los titulares

  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su CI.

  • 2 fotocopias del compromiso o contrato de compraventa autenticado, en el que conste fecha de toma de posesión.

Nota:

Aclaración: en el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.

 

 

(Modificada:11.08.22)
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