dgi.gub.uy | ¿Qué se entiende por agregación de valor originada en la construcción realizada sobre inmuebles? |
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Por agregación de valor en la construcción realizada sobre inmuebles, se entiende la realización de obras bajo la modalidad de administración, cuando tales inmuebles no se hallan afectados a la realización de actividades que generen ingresos gravados por el Impuesto al Valor Agregado, ni rentas computables para el IRAE y el IMEBA por parte del titular de la obra.
FUENTE:
Literal D, Artículo 2, Título 10, Texto Ordenado 1996.
(Creada: 04.10.22) |
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