dgi.gub.uy | En un contrato de cesión de derechos hereditarios, ¿qué base de cálculo se debe tomar para liquidar el impuesto? |
| | | | El precio estipulado por las partes en el contrato.
FUENTE:
Literal C, Artículo 1, Título 19 Texto Ordenado 1996.
Fecha de la última actualización: 01/08/2006. |
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| | | | | En un contrato de cesión de derechos hereditarios, ¿qué base de cálculo se debe tomar para liquidar el impuesto?Contenido no disponibleMensaje enviadoFaltan datos requeridosContenido agregado con éxitole envía un Artículo.le envía este mensaje:https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,liquidacion,preguntas-frecuentes-ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;1170;15;D;-27551;4;PAG; |
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