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¿Cómo se realiza la modificación de titulares de Sociedades Personales con Contrato? (Por disolución y liquidación de sociedad conyugal)

 3.1.2.8.007

Descripción: Corresponde a las modificaciones de titulares por disolución y liquidación de sociedad conyugal que se efectúan en sociedades personales con contrato.
 
MODALIDAD:

En Montevideo:

  1. En línea desde la Web de BPS:
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.
 
Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
  1. Presencial, con previa Agenda Web.
- Local DGI  - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-VENTANILLA UNICA Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.


En Interior:
  1. En línea desde la Web de BPS:
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.
Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
 
         II. En caso de no tener habilitado el envío por Modalidad I se inicia el trámite desde la Web de DGI a través de Servicios en Línea :
 
Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de “Tramites” Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT DGI-BPS y el SubTrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación, en caso de corresponder.
 
Para ambas modalidades (presencial o en línea) los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. Para ello, deben ingresar al servicio Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente

PLAZO:
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
 
FORMULARIOS:
. Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” y/o 0353 “Personas jurídicas vinculadas” según corresponda (en 3 vías), con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
.  Formulario 205 (BPS) “Declaración de Sueldos Fictos” (en 2 vías), excepto contribuyentes rurales, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-
 
Ver Formularios DGI (Formularios BPS)
 
DOCUMENTACION A PRESENTAR:
.  Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT)
·  2 fotocopias del documento de identidad de los titulares.
·  Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
·  Certificación notarial y 3 fotocopias certificando:                    
  • Firmas de el/los administrador/es y ex cónyuge que ingresa
  • Datos individualizantes del administrador y socio que ingresa:
    • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
    • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número)
    • Estado civil
    • Nacionalidad
    • Mayoría de edad
    • Domicilio particular.
    • Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
  • Establecer que son los únicos titulares o socios.
  • Administración y representación.
  • Ingreso de nuevo socio rigiéndose por Art. 232 de la Ley 16.060.
NOTA:
Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes (y apoderados de corresponder).
 



(Modificada: 26.08.2022)
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Tel: 1344 (+59821344 exterior, 21344 otros departamentos)
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