Modificación del giro de una empresa

Guías

Trámite de modificación de giro de una empresa.

Plazo

Hasta 30 días a partir de la fecha del cambio.

En caso de unipersonales y sociedades de hecho con giro rural:

  • Dentro de las 72 horas hábiles posteriores a la toma de posesión sin multa.
  • Luego de las 72 horas posteriores a la toma de posesión 1UR.

Lugar y modalidad

En Montevideo

  • En línea desde la web de DGI

Este servicio permite realizar la modificación de ciertos datos habilitados totalmente en línea, no requiriendo la presentación del contribuyente en nuestras oficinas ni presentar documentación alguna.
Para acceder a este servicio se requiere para entidades unipersonales y pluripersonales, suscribir en DGI un contrato de adhesión obteniendo la clave que lo habilita.

  • En línea desde la web de BPS

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.

Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.       

  • Presencial, con previa agenda web

Local DGI, Fernández Crespo 1534 Sector RUT, ventanilla única subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.

En Interior

  • Desde la web de DGI a través de servicios en línea con contrato web

Este servicio permite realizar la modificación de ciertos datos habilitados totalmente en línea, no requiriendo la presentación del contribuyente en nuestras oficinas ni presentar documentación alguna.
Para acceder a este servicio se requiere para entidades unipersonales y pluripersonales, suscribir en DGI un contrato de adhesión obteniendo la clave que lo habilita.

  •  En línea desde la web de BPS

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.

Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

  • En caso de no tener habilitado el envío por las modalidades: web de DGI a través de servicios en línea con contrato web y en línea desde la web de BPS, el trámite se inicia desde la web de DGI a través de servicios en línea

Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de Tramites, solicitud de inicio, completar los datos del formulario y seleccionar Trámite RUT DGI BPS y el subtrámite correspondiente.Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación, en caso de corresponder.

Aclaración: 

La modalidad en línea desde la web de DGI no aplica para contribuyente rural o construcción.

Requsitos

Formularios

  • Formulario 0351 Inscripción y actualización, en 3 vías, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
  • Formulario R 500 y anexo, si corresponde, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra imprenta. No pueden contener enmiendas, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Documentación adicional a presentar

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite web, constancia de inscripción en RUT.
  • 2 Fotocopias de documento de identidad de los titulares.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
Aclaraciones:
Las empresas rurales deberán tener en cuenta
  • Si la modificación de giro implica pasar de un padrón sin explotación, destinado a autoconsumo, actividades recreativas, entre otras; a padrón explotado o explotado por terceros, deberá ajustarse a lo indicado en el trámite Inscripción de Empresa Rural DGI BPS.
  • Si se presenta la situación contraria, deberá ajustarse a lo indicado en el instructivo de Clausura de empresas de acuerdo a la naturaleza jurídica de la empresa.
  • Cuando la nueva actividad queda comprendida en aportación rural y no modifica los padrones explotados, no corresponde presentar el formulario R500 ni la certificación notarial.
  • Cuando la actividad o el giro a anexar es en otro domicilio fiscal se deberá inscribir como sucursal con el formulario 0354 Anexo de inscripción y actualización locales,en 3 vías.

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