dgi.gub.uy | ¿Cómo se determina la renta neta de fuente uruguaya de compañías extranjeras productoras y distribuidoras de películas cinematográficas o las que realicen trasmisiones de televisión, que no actúan a través de establecimiento permanente? |
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El monto imponible correspondiente a las rentas netas de fuente uruguaya de las compañías productoras, distribuidoras o intermediarias de películas cinematográficas y de tapes, así como las que realizan trasmisiones directas de televisión u otros medios similares, que no actúan a través de establecimiento permanente, se fija en el 62.5% de la retribución que perciban por su explotación en el país.
FUENTE:
Numeral 3, Artículo 13, Título 4, Texto Ordenado de 1996.
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