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Información General – Incrementos Patrimoniales

Qué es el IRPF

 
El Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas es un impuesto que grava las rentas obtenidas por las personas físicas (individuos) residentes en el territorio nacional.
Para la determinación del IRPF, las rentas se clasifican en dos Categorías:
  1. Categoría I: son aquellas provenientes del factor capital, sea este mobiliario (por ejemplo: rendimientos por colocaciones de capital) o inmobiliario (por ejemplo alquileres), así como los incrementos patrimoniales.
  1. Categoría II: son aquellas provenientes del factor trabajo, sea este en relación de dependencia (empleado) o fuera de ella (trabajadores  independientes).
La determinación del impuesto se realizará por separado para cada una de las categorías.


Qué son los incrementos patrimoniales

 
Las rentas por incrementos patrimoniales son las originadas en la trasmisión patrimonial de bienes corporales (ej: inmuebles, vehículos automotores) e incorporales (ej: derechos), por cualquier negocio jurídico que importe título hábil para trasmitir el dominio y sus desmembramientos (ej: compraventa, donación, permuta, dación en pago, etc) y en general todos los negocios por los cuales se le atribuya o confirme derechos a terceros, no calificadas por la ley como rentas de rendimiento.
 
Por ejemplo: Una persona física residente vende un bien inmueble. Si el precio de venta o valor catastral del bien (el mayor) es superior al costo por el cual lo adquirió, actualizado, descontado el ITP del enajenante y posibles mejoras actualizadas, entonces existirá una renta positiva (ganancia) y quien vende el bien inmueble será contribuyente del IRPF por incrementos patrimoniales.
 
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