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dgi.gub.uy | | | | Envío de Declaraciones Juradas |
| | | | Declaraciones juradas de impuestos
Los contribuyentes deberán presentar las declaraciones juradas por Servicios en línea (debiendo contar para ello con Contrato Web) o a través de redes descentralizadas (ABITAB o REDPAGOS). Para el envío de declaración juradas a través de la Web se deberá ingresar la clave entregada al momento de obtener el Contrato Web en los datos del Sujeto Pasivo del programa que genera las declaraciones (en el menú principal del programa SIGMA, ingresar en el Sujeto Pasivo, click en modificar e ingresar la clave en “contraseña” y confirmar).
En el caso que las declaraciones juradas sean rechazadas al intentar presentarlas por los antedichos medios, el trámite se realizará a través del sistema de Solicitud de inicio de trámites en Servicios en línea/Otros servicios.
¿Cómo se obtiene el PIN de acceso a Servicios en línea?
La solicitud deberá tramitarse en redes descentralizadas (ABITAB o REDPAGOS). En caso de no poder obtenerla por dicha vía, la solicitud se cursará a través del sistema de Solicitud de inicio de trámites.
Formulario 1700, 1701 o 5700
Las declaraciones 1700 y 1701 (ITP e IRPF/IRNR Incrementos Patrimoniales) por enajenación y promesa deberán tramitarse de forma electrónica a través de Servicios en línea, ingresando a tales efectos con clave con contrato. Para ello se deberá ingresar la clave en los datos del Sujeto Pasivo del programa que genera las declaraciones (en el menú principal del programa SIGMA, ingresar en el Sujeto Pasivo, click en modificar e ingresar la clave en “contraseña” y confirmar). Téngase en cuenta que para realizar el envío de forma electrónica el contribuyente deberá contar con la Versión 03 del Formulario 1700 o 1701. Consultar el Instructivo del Formulario 1700. Por errores o inconvenientes al momento del envío, acceda a los errores más frecuentes.
Si el sistema no habilita el envío de forma electrónica, el trámite se deberá realizar a través del sistema de Solicitud de inicio de trámites en Servicios en línea/Otros servicios. Requisitos del trámite de enajenación y promesa de enajenación.
En el caso de los restantes actos gravados por ITP o IRPF Incrementos Patrimoniales, el trámite deberá realizarse a través del sistema de Solicitud de inicio de trámites. Requisitos de los trámites: ITP - Prescripción adquisitiva (presentación Formulario 1700), ITP - Sucesiones (presentación Formulario 1700), Cesión de derechos posesorios y hereditarios y Cesión de promesa de enajenación.
Para la presentación del Formulario 5700 (devolución IRPF por enajenación de vivienda permanente) el trámite deberá realizarse a través del sistema de Solicitud de inicio de trámites en Servicios en línea/Otros servicios. Requisitos del trámite. |
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| | | | | Envío de Declaraciones JuradasContenido no disponibleMensaje enviadoFaltan datos requeridosContenido agregado con éxitole envía un Artículo.le envía este mensaje:https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,principal,_Ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;40;17;D;envio-de-declaraciones-juradas;2;PAG; |
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