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dgi.gub.uy | | | | Información adicional para responsables sustitutos del adicional al IASS |
| | | | Tal como se dispone en el art. 19 del Decreto 133/020, las entidades mencionadas en el artículo 10 del Decreto 344/008 (*) son responsables sustitutos del adicional al IASS, por las prestaciones devengadas en abril y mayo, y en su caso, junio y julio, si así se dispusiera por el Poder Ejecutivo.
Una vez retenido el adicional, deberán informar el monto total en formulario 1845, conjuntamente con el IASS del mes. Para ello deberán descargar el formulario 1845 v00m2.
Luego deberán ejecutar la instalación con el aplicativo Sigma cerrado, y al abrir el aplicativo, deberán aceptar la actualización del formulario.
Para informar el adicional utilizarán la línea 199 “Retención Adicional al Impuesto”, ingresando en “tipo de documento” del retenido la opción“NIE”, en “número” el 999.999.977 y en “es residente” la opción “S”.
El pago deberá efectuarse al código 185, el mismo que IASS, con el mes de cargo que corresponda, cuyo vencimiento será el mismo que el IASS.

(*) Responsables Sustitutos con prestaciones gravadas
Banco de Previsión Social
Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas
Dirección Nacional de Asistencia Social Policial
Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias
Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios
Caja Notarial de Seguridad Social
Fideicomiso Nº 62047/2005 |
Servicio de Asistencia Social de Funcionarios del Palacio Legislativo |
Fondo de Retiro Médico |
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| | | | | Información adicional para responsables sustitutos del adicional al IASSContenido no disponibleMensaje enviadoFaltan datos requeridosContenido agregado con éxitole envía un Artículo.le envía este mensaje:https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,principal,_Ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;40;17;D;informacion-adicional-para-responsables-sustitutos-del-adicional-al-iass;1;PAG; |
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