dgi.gub.uy | En caso de divorcio o separación de hecho, ¿se puede deducir la pensión alimenticia de los hijos? |
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No. Los pagos por pensión alimenticia de los hijos no constituyen deducciones admitidas.
FUENTE:
Artículo 38, Título 7, Texto Ordenado 1996.
Artículo 56, Decreto 148/007.
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