dgi.gub.uy | Si soy un profesional que realizo el aporte correspondiente a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios pero no ejerzo la profesión y sólo tengo rentas comprendidas en la categoría I (rentas de capital), ¿puedo deducir el aporte realizado a la caja de profesionales? |
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No. La deducción de los aportes a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, sólo corresponde a quienes obtienen rentas del trabajo, (categoría II).
FUENTE:
Literal A, Artículo 38, Título 7, Texto ordenado 1996.
Artículo 9, Título 7, Texto Ordenado 1996.
Literal A, Artículo 56, Decreto 148/007.
Artículo 7, Decreto 148/007.
(Modificada: el 2.02.2015)
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