dgi.gub.uy | Un matrimonio tiene dos hijos menores de edad, ¿cada uno de los cónyuges puede deducir a los dos hijos, en concepto de gastos por hijos menores a cargo? |
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No. La deducción en concepto de gastos por hijos menores a cargo, será compartida en partes iguales a los efectos de la liquidación del impuesto, sin perjuicio del acuerdo opcional de los padres sobre el beneficiario de deducción por hijos a cargo.
FUENTE:
Artículo 57, Decreto 148/007.
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