dgi.gub.uy | Si al vender un vehículo automotor, el precio al cual se vende es menor que el valor de adquisición actualizado, genera una pérdida patrimonial, ¿dicha pérdida es deducible a los efectos del IRPF – Incrementos Patrimoniales? |
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Sí, podrán deducirse las pérdidas originadas en las transmisiones patrimoniales de vehículos automotores siempre que la adquisición del mismo haya sido inscripta en el registro correspondiente o cuando la adquisición se encuentre respaldada por facturas que cumplan los requisitos a que refieren los artículos 40 y siguientes del decreto Nº 597/988 emitidas por empresas importadoras o concesionarias de automóviles.
FUENTE:
Artículo 23, Título 7, Texto Ordenado 1996.
Artículos 29 y 30, Decreto 148/007.
(Modificada: 21.08.2014)
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