Obligaciones que se pueden convenir

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¿Qué obligaciones pueden ser convenidas?

Puede otorgarse facilidades de pago por todas las deudas correspondientes a tributos y/o sanciones recaudados por la DGI con excepción de las deudas originadas en impuestos que gravan las importaciones.

Las multas por defraudación sólo pueden convenirse al amparo del artículo 32 del Código Tributario.

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