dgi.gub.uy | ¿Cómo debo proceder para ampararme en los beneficios de la Ley 19.956, si tengo al menos una actividad registrada que no se encuentra entre las comprendidas en la exoneración? |
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Deberá presentar un Certificado emitido por Contador Público, que acredite la principalidad de la actividad de acuerdo a lo dispuesto en el art. 2 del Decreto 193/02. Ver Modelo de Certificación Contable.
Dicha Certificación deberá adjuntarse mediante foto o escaneo con timbre profesional, en la opción Trámite “Beneficios Ley 19.956”, Subtrámite “Certificación contable” disponible en Servicios en Línea al ingresar en Solicitud de inicio de trámites.
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